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¿Cuándo asume el nuevo presidente de Argentina tras el balotaje 2023?

La segunda vuelta electoral entre Sergio Massa y Javier Milei se desarrolló este domingo 19 de noviembre. Qué día se realizará el traspaso del mando

Quedan menos de tres días para conocer al próximo presidente de Argentina. Este domingo, los ciudadanos nuevamente se dirigieron a las urnas para participar del balotaje 2023 y decidir si será Sergio Massa, candidato de Unión por la Patria, o Javier Milei, representante de La Libertad Avanza, el encargado de liderar el país en los próximos cuatro años.

De acuerdo con los datos del escrutinio definitivo de las elecciones generales, el candidato oficialista obtuvo el 36,7% de los votos, mientras que el líder libertario alcanzó el 29,9%. A pesar de esto, la brecha entre ambos contendientes no fue suficiente para definir al ganador. Por lo tanto, el próximo domingo 19 de noviembre se llevó a cabo una segunda vuelta electoral.

El voto es obligatorio y todas las personas que figuren en el padrón electoral tienen la obligación de votar. La Ley de Ciudadanía Argentina, la 26.674, establece: “Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito”. La legislación indica que “son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad” que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto.

¿Cuándo asume el nuevo presidente?

El ganador de la segunda vuelta asumirá la presidencia de Argentina el domingo 10 de diciembre.

Esta fecha también marca los 40 años de democracia ininterrumpida en el país y conmemora el día en que el ex presidente Raúl Alfonsín asumió el cargo en 1983, poniendo fin a años de dictadura militar.

El candidato que resulte ganador en el balotaje 2023 asumirá como presidente el 10 de diciembre (REUTERS/Agustin Marcarian)El candidato que resulte ganador en el balotaje 2023 asumirá como presidente el 10 de diciembre (REUTERS/Agustin Marcarian)

¿Por qué hubo balotaje en 2023?

De acuerdo a los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional, lo que necesita una fórmula presidencial para resultar ganadora es al menos el 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos. Además, la Carta Magna señala que “cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta hubiere obtenido al menos el 40% de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación”.

En el caso de que ninguna fórmula presidencial obtenga ese porcentaje de votos en las elecciones generales, se realizará una segunda vuelta o balotaje. Cabe señalar que a nivel presidencial, la segunda vuelta se implementó a través de la reforma constitucional de 1994 y fue implementado por única vez en las elecciones de 2015, en las que Mauricio Macri venció a Daniel Scioli, con el 51,3% de los votos contra el 48,6%.

Ahora, debido a los resultados que arrojó el escrutinio definitivo de las elecciones 2023, habrá balotaje por segunda vez para elegir presidente de la Nación desde que se estableció por ley.

Las mesas de votación abren a las 8 de la mañana. (Foto: Roberto Almedia)Las mesas de votación abren a las 8 de la mañana. (Foto: Roberto Almedia)

¿Qué hacer si no pude ir a votar en el balotaje 2023?

En caso de no asistir a sufragar en el balotaje 2023, para justificar la ausencia, las personas deberán concurrir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre en ese momento. Una vez allí, se debe solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de sufragar.

Si el elector entre 18 y 70 años y no asistió a votar el día de la elección, para no formar parte del Registro de Infractores, tiene que justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones. Si no lo justifica, le corresponderá una multa y no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Este trámite podrá realizarse hasta el 21 de diciembre, según el cronograma electoral oficial.