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AFIP elevó el monto a partir del cual los bancos están obligados a informar movimientos de sus clientes

Son nuevos topes para que las entidades financieras estén obligadas a informar sobre transacciones, saldos y consumos de las cuentas de sus clientes. Fija que desde ahora se actualizarán cada seis meses por inflación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó desde este viernes los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes. El último cambio se había realizado el 23 de abril de 2023.

También se aumentaron los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital y están incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales.

Al igual que la nómina de cuentas de los clientes, deberán informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos totales en el mes igualen o superen los $400.000, en lugar de los $120.000 anteriores.

Nuevo tope para informar movimientos en bancos y billeteras virtuales a AFIP: de cuánto es

A partir de este viernes 24 de mayo, los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes fueron elevados por AFIP.

  • Acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales: pasa de $200.000 a $700.000;
  • Consumos de tarjeta de débito del titular y adicionales: se eleva de $120.00 a $400.000;